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La cuarta reunión de la Conferencia de las Partes (CdP-4) del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) comienza hoy en el Centro Internacional de Conferencias de Ginebra, Suiza. La CdP-4 tratará varios temas importantes como: un mecanismo para determinar el incumplimiento de las disposiciones del Convenio; las recomendaciones del Grupo de Trabajo Conjunto Especial (GTCE) sobre la mejora de la cooperación y la coordinación entre los Convenios de Basilea, Rótterdam y Estocolmo; la evaluación de la eficacia; recursos financieros; y recomendaciones formuladas por el Comité de Examen de COP (CECOP) para incluir nueve sustancias químicas adicionales en el Convenio. El tema de la CdP-4 “Atendiendo a los desafíos de un futuro libre de contaminantes orgánicos persistentes” centrará la atención de la serie de sesiones de alto nivel que tendrá lugar el 7 y 8 de mayo. BREVE HISTORIA DEL CONVENIO DE ESTOCOLMO Durante las décadas de 1960 y 1970, el uso de sustancias químicas y pesticidas en la industria y en la agricultura se incrementó drásticamente. En particular, una categoría de sustancias químicas conocidas como COP fueron el centro de la atención internacional debido a la creciente evidencia científica de que la exposición a dosis muy bajas de COP puede provocar cáncer, daños en los sistemas nerviosos central y periférico, enfermedades del sistema inmune, desórdenes reproductivos e interferencias con el desarrollo normal de bebés y niños. Los COP son sustancias químicas que persisten en el medio ambiente, se bioacumulan en los organismos vivos, y pueden causar efectos adversos a la salud humana y el medio ambiente. Conocidas más evidencias del transporte a larga distancia de estas sustancias hacia regiones en donde nunca habían sido utilizadas o producidas, y las consecuentes amenazas que suponen para el medio ambiente global, la comunidad internacional pidió tomar medidas globales urgentes para reducir y eliminar su liberación al ambiente. En marzo de 1995, el Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (CdA del PNUMA) adoptó la decisión 18/32 invitando al Programa Interinstitucional para la Gestión Racional de los Productos Químicos, al Foro Intergubernamental sobre Seguridad Química (IFCS) y al Programa Internacional de Seguridad Química a iniciar un proceso de evaluación de una lista de 12 COP. El Grupo de Trabajo Especial sobre COP del IFCS concluyó que existía suficiente información para demostrar la necesidad de tomar medidas internacionales para minimizar los riesgos de los 12 COP, incluyendo un instrumento global legalmente vinculante. La reunión remitió una recomendación al CdA del PNUMA y la Asamblea Mundial de la Salud (AMS) de que se iniciara una acción internacional inmediata sobre estas sustancias. En febrero de 1997, el CdA del PNUMA adoptó la decisión 19/13C aprobando las conclusiones y recomendaciones del IFCS. El CdA solicitó que el PNUMA, junto con otras organizaciones internacionales pertinentes, se reuniera en un comité intergubernamental de negociación con el mandato de desarrollar, para fines de 2000, un instrumento internacional legalmente vinculante para aplicar medidas internacionales, comenzando con la lista de 12 COP. En mayo de 1997, la AMS aprobó las recomendaciones del IFCS y solicitó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) participara activamente en las negociaciones. NEGOCIACIÓN DE LA CONVENCIÓN: El Comité Intergubernamental de Negociación (CIN) se reunió cinco veces entre junio de 1998 y diciembre de 2000 para elaborar el Convenio. La Conferencia de Plenipotenciarios se reunió 22 y 23 de mayo de 2001 en Estocolmo, Suecia, donde los delegados adoptaron la Convención de Estocolmo; resoluciones sobre acuerdos financieros interinos y temas relacionados con el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación; resoluciones remitidas por la Reunión Preparatoria; y el Acta Final. La Convención de Estocolmo pide tomar medidas internacionales respecto a 12 COP agrupados en tres categorías: 1) pesticidas: aldrina, clordano, DDT, dieldrina, endrina, heptacloro, mirex, y toxafeno; 2) sustancias químicas industriales: hexaclorobenceno (HCB) y bifenilos policlorados (PCB); y 3) COP producidos de forma no intencional: dioxinas y furanos. Los gobiernos deben promover las mejores técnicas disponibles (MTD) y las mejores prácticas ambientales (MPA) para reemplazar los COP existentes y evitar la producción de COP nuevos. Dispone un procedimiento de identificación de nuevos COP y los criterios a considerar para ello. Los elementos clave del tratado incluyen: el requerimiento de que los países desarrollados proporcionen recursos financieros nuevos y adicionales; medidas para eliminar la producción y el uso de COP producidos de forma intencional, para eliminar COP producidos de forma no intencional, cuando sea posible, y para gestionar y disponer de los residuos de COP de forma segura para el medio ambiente; y la sustitución que implique el uso de sustancias químicas y procesos más seguros para prevenir la producción no intencional de COP. La precaución se ejerce a través de la Convención de Estocolmo, con referencias específicas en el preámbulo, el objetivo y las disposiciones sobre la identificación de nuevos COP. La Convención de Estocolmo entró en vigor el 17 de mayo de 2004 y actualmente tiene 163 partes, incluyendo la Comunidad Europea. CdP-1: La primera Conferencia de las Partes (CdP-1) del Convenio de Estocolmo tuvo lugar del 2 al 6 de mayo de 2005 en Punta del Este, Uruguay. Para poner en marcha la aplicación del Convenio, los delegados adoptaron un amplio rango de decisiones, que habían sido explicadas detalladamente durante dos reuniones del CIN en junio de 2002 y julio de 2003. Estas decisiones se refieren a: estipular una evaluación de la necesidad continua de utilizar DDT para controlar vectores de enfermedades; establecer un proceso de revisión para las inclusiones en el registro de exenciones específicas; adoptar orientación para el mecanismo financiero; establecer un cronograma para la elaboración de informes; establecer disposiciones para monitorizar datos sobre COP; adoptar reglas de procedimiento y reglas financieras; adoptar el presupuesto para la Secretaría; y establecer el CECOP. El CECOP se estableció para considerar regularmente candidatos adicionales para los anexos del Convenio. La membresía del Comité comprende 31 expertos nominados por las partes de los cinco grupos regionales de la ONU. Revisa sustancias químicas nominadas por las partes en tres etapas. El Comité primero determina si la sustancia reúne los criterios de selección de COP, como los define el Convenio en términos de su persistencia, bioacumulación, potencial para transporte ambiental de largo alcance (TALA) y toxicidad. Si se considera que una sustancia reúne estos requerimientos, el Comité elabora un borrador de perfil de riesgos para evaluar si es probable que la sustancia, como resultado de su TALA, produzca efectos significativos adversos en la salud humana y/o ambiental y por tanto se requieren medidas globales. Finalmente, si el CECOP concluye que se requieren medidas globales, elabora una evaluación de gestión de los riesgos que refleja consideraciones socioeconómicas relacionadas con las posibles medidas de control y, con esa base, el CECOP decide recomendar que la CdP incluya la sustancia en uno o más anexos del Convenio. CECOP-1: La primera reunión del CECOP (CECOP-1) tuvo lugar en Ginebra, Suiza, del 7 al 11 de noviembre de 2005. El Comité consideró cinco sustancias químicas propuestas para su inclusión en el Convenio y acordó que grupos de trabajo intersesional elaborarían proyectos de perfiles de evaluación de riesgos de estas sustancias químicas, que el Comité evaluaría en su segunda reunión. La CECOP-1 también revisó su papel y mandato, y tomó decisiones sobre varios asuntos operativos, incluyendo elaborar procedimientos para manejar información confidencial, planes de trabajo para actividades intersesionales, y criterios y procedimientos para invitar a expertos adicionales. CdP-2: Esta reunión tuvo lugar del 1 al 5 de mayo de 2006, en Ginebra, Suiza. La CdP-2 consideró varios informes de actividades realizadas en el marco del mandato del Convenio y adoptó 18 decisiones sobre, entre otros asuntos, DDT, exenciones, recursos y mecanismos financieros, intercambio de información, MTD/MPA, identificación y cuantificación de liberaciones; medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de los residuos; planes de aplicación; inclusión de sustancias químicas en los Anexos A, B o C del Convenio; presentación de informes, asistencia técnica, sinergias, evaluación de la efectividad, e incumplimiento. CECOP-2: La CECOP-2 tuvo lugar en Ginebra, Suiza, del 6 al 10 de noviembre de 2006. El Comité adoptó los perfiles de riesgo del éter de pentabromodifenilo (pentaBDE), hexabromobifenilo de clordecona (HBB), lindano y sulfonato de perfluorooctano (PFOS) y acordaron que los grupos de trabajo intersesional elaborarían proyectos de evaluaciones de gestión de los riesgos para estas sustancias químicas que se someterían a la CECOP-3. El Comité también acordó considerar cinco sustancias químicas recién propuestas para su inclusión en el Convenio: alfa hexaclorociclohexano (alfaHCH), beta hexaclorociclohexano (betaHCH), pentaclorobenceno (PeCB), éter de octabromodifenilo comercial (c-octaBDE) y parafinas cloradas de cadena corta (SCCP), y decidió que los grupos de trabajo intersesional prepararían proyectos de perfiles de riesgo de estas sustancias químicas que el Comité evaluaría en su tercera reunión. CdP-3: La CdP-3 del Convenio de Estocolmo tuvo lugar del 30 de abril al 4 de mayo de 2007 en Dakar, Senegal. La CdP-3 consideró varios informes de actividades en el marco del mandato del Convenio y adoptó 22 decisiones sobre, entre otros asuntos: un procedimiento revisado para evaluar las inclusiones en el registro de exenciones específicas; DDT; medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de los residuos, directrices para el instrumental normalizado para la identificación y cuantificación de liberaciones, directrices sobre MTD y borradores de orientación sobre MPA; centros regionales; inclusión de sustancias químicas en los Anexos A, B o C del Convenio; elaboración de informes; evaluación de la efectividad; planes nacionales de aplicación; presupuesto; recursos financieros; asistencia técnica; sinergias; e incumplimiento. HECHOS DESTACADOS ENTRE SESIONES CECOP-3: Esta reunión tuvo lugar del 19 al 23 de noviembre de 2007 en Ginebra, Suiza. El Comité aprobó la evaluación de gestión de los riesgos para cinco químicos, y recomendó que la CdP-4 considere incluir en los Anexos A, B o C: lindano; clordecona; HBB; pentaBDE; y PFOS, sus sales y el fluoruro de PFOS. Se aprobaron los perfiles de riesgo de cuatro sustancias químicas, y la CECOP-3 adoptó un plan de trabajo para preparar proyectos de evaluación de la gestión de los riesgos para esas sustancias químicas, concretamente sobre: c-octaBDE, PeCB y alfaHCH y betaHCH, y acordó que los grupos de trabajo intersesional elaborarían proyectos de perfiles de riesgo sobre estas sustancias químicas que el Comité evaluaría en su cuarta reunión. El Comité decidió que una propuesta presentada por la Comunidad Europea y sus miembros para considerar la inclusión del endosulfano en el Anexo A, B o C sería considerada por la CECOP-4. CdP-9 DEL CONVENIO DE BASILEA: Esta reunión se celebró del 23 al 27 de junio de 2008, en Bali, Indonesia. La CdP-9 adoptó más de 30 decisiones preparadas por el Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre, entre otros asuntos; cooperación y coordinación; presupuesto; temas legales; revisión de los Centros de Coordinación Regional del Convenio de Basilea; Programa de Colaboración; Plan Estratégico; y cuestiones técnicas. Entre los asuntos clave que ocuparon gran parte del tiempo de los delegados se contaron: la adopción de la recomendación del GTCE sobre la mejora de la cooperación y coordinación entre los Convenios de Basilea, Rótterdam y Estocolmo; la unión de la evaluación de la efectividad del Convenio con el nuevo marco estratégico más allá de 2010 y, en este contexto, aprobar un presupuesto adecuado; y la interpretación legal del Artículo 17(5), en relación con la entrada en vigor de la Enmienda de Prohibición. CECOP-4: Esta reunión se llevó a cabo del 13 al 17 de octubre 2008, en Ginebra, Suiza. La CECOP-4 consideró varios temas operativos, incluyendo los procedimientos para el conflicto de intereses, las interacciones tóxicas entre COP, y las actividades realizadas para la participación efectiva de las partes en este trabajo. El Comité aprobó las evaluaciones de gestión de los riesgos para cuatro sustancias químicas, y recomendó que la CdP-4 considere incluir en los Anexos A, B o C: c-octaBDE, PeCB, alfaHCH y betaHCH. Se discutió un proyecto de perfil de los riesgos para SCCP y el Comité acordó reenviarlo a la CECOP-5 para considerarlo con más profundidad. La CECOP-4 también comenzó un intercambio de puntos de vista sobre una propuesta para incluir al hexabromociclododecano (HBCD). CdP-4 DEL CONVENIO DE RÓTTERDAM: La cuarta reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio de Rótterdam sobre el procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo (CFP) aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional se celebró del 27 al 31 de octubre de 2008 en Roma, Italia. La CdP-4 adoptó 13 decisiones, incluyendo la adición de los compuestos de tributilestaño, pesticidas utilizados en pinturas antiincrustantes para cascos de buques que son tóxicas para los peces, moluscos y otros organismos acuáticos, al Anexo III del Convenio (productos químicos sujetos al procedimiento de CFP). La reunión también adoptó la recomendación del GTCE sobre la mejora de la cooperación y la coordinación entre los Convenios de Basilea, Rótterdam y Estocolmo. Entre los asuntos que quedaron sin resolver y que fueron remitidos a la CdP-5 se encuentran: el cumplimiento; la aplicación efectiva; y la inclusión en el Anexo III de los asbestos de crisotilo, la forma más comúnmente utilizada de asbestos y causante de mesotelioma, y del endosulfano, un pesticida ampliamente utilizado en la producción de algodón. Este número del Boletín de Negociaciones de la Tierra © <enb@iisd.org> fue escrito y editado por Melanie Ashton, Tallash Kantai, Pia M. Kohler, Ph.D., Anne Roemer-Mahler, y Jessica Templeton. Editor Digital: Francis Dejon. Traducción al Español: Eréndira García. Editora: Pamela S. Chasek, Ph.D. <pam@iisd.org>. Director de los Servicios de Información del IIDS: Langston James “Kimo” Goree VI <kimo@iisd.org>. Los donantes permanentes del Boletín son el Reino Unido (a través del Departamento para el Desarrollo Internacional - DFID), el Gobierno de los Estados Unidos (a través del Buró de Océanos y Asuntos Ambientales y Científicos Internacionales del Departamento de Estado), el Gobierno de Canadá (a través del CIDA), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca, el Ministerio Federal para la Cooperación Económica y el Desarrollo de Alemania (BMZ), el Ministerio de Ambiente, Conservación de la Naturaleza y Seguridad Nuclear de Alemania (BMU), el Ministerio de Relaciones Exteriores de Países Bajos, la Comisión Europea (DG-ENV), y el Ministerio de Medio Ambiente, Territorio y Mar de Italia. El soporte financiero general del Boletín durante el año 2009 es brindado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Noruega, el Gobierno de Australia, el Ministerio Federal de Agricultura, Silvicultura, Ambiente y Gestión del Agua de Austria, el Ministerio de Medio Ambiente de Suecia, el Ministerio de Asuntos Internacionales y Comercio de Nueva Zelanda, SWAN Internacional, la Oficina Federal para el Medio Ambiente de Suiza (FOEN), el Ministerio de Asuntos Exteriores de Finlandia, el Ministerio de Medio Ambiente de Japón (a través del Instituto para las Estrategias Ambientales Mundiales - IGES), el Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón (a través del Instituto de Investigación Mundial sobre Progreso Industrial y Social - GISPRI), el Gobierno de Islandia, y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). La financiación para la traducción al francés del Boletín es brindado por la Organización Internacional de la Francofonía. La financiación para la traducción al español del Boletín es provista por el Ministerio de Medio Ambiente de España. Las opiniones expresadas en el Boletín pertenecen a sus autores y no necesariamente reflejan los puntos de vista del IIDS o sus auspiciantes. Está permitida la publicación de extractos del Boletín en publicaciones no comerciales y con la correspondiente cita académica. Para obtener información acerca del Boletín o solicitar su servicio informativo, contacte al Director de los Servicios Informativos del IIDS por correo electrónico <kimo@iisd.org>, teléfono: +1-646-536-7556 o en 300 East 56th St., 11A, Nueva York, Nueva York 10022, Estados Unidos de América. El equipo del BNT en la CdP-4 de COP puede ser contactado por correo electrónico escribiendo a <melanie@iisd.org>. | Volver a la página de inicio de IISD RS “Linkages” | Visite IIDSnet | Envíe un correo electrónico a IISD RS | © 2009, IIDS. Todos los derechos reservados.

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